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Noticias #Junio: El Autoconsumo ha llegado a España

Buenos días a todos, hoy os traigo una gran noticia que llevo tiempo con ganas de comentaros.



Probablemente es una noticia que ya conocéis porque la noticia salió a principio de mes pero me interesaba comentarla con tranquilidad.

La noticia es que el Tribunal Constitucional ha dado por nulo el artículo del Real Decreto sobre Autoconsumo (RD 900/2015, de 9 de Octubre, por el cual se regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo) en el cual no se permitía el autoconsumo compartido de una comunidad. Esta restricción impuesta por el Partido Popular impedía el desarrollo energético de España.

Comentaba en que consistía el impuesto del sol en otro artículo que os adjunto aquí.


Que nos dice la normativa antes mencionada:


- Artículo 4, punto 3: "En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores"

- Artículo 5, de igual manera afecta a este artículo ya que constituye los requisitos generales para acogerse a las modalidades de autoconsumo.

- Artículos 19, 20, 21 y 22, referidos al registro e inspección.


En concreto lo que nos dice esta normativa es que considera ilegal que una comunidad de vecinos puedan instalar unas placas solares y que compartan, a través de una distribución interior, la energía eléctrica que pueden generar. Ayudándose de esta manera unos a otros con el consumo.

Otro punto que prohíben es la venta de esa electricidad "extra" generada a la red eléctrica general (esto dejaría en deshuso las centrales eléctricas convencionales). Algo que para una comunidad está prohibido pero que el gobierno si se le permite generarlo y venderlo al extranjero (ya que España es uno de los grandes generadores de energía a través de energía solar térmica y energía solar fotovoltaica principalmente).


Toda la situación se ha dado ya que la Generalitat de Catalunya actuó contra esta normativa en Febrero de 2016. Mostrando, en especial el artículo 4, que la prohibición tan absoluta que conlleva este artículo imposibilita de cualquier manera el desarrollo del ejercicio de la compatencia compartida en instalaciones de autoconsumo en comunidades de propietarios.


La Comisión Europea, en su propuesta de Paquete de Invierno con la que se pretenden sentar las bases normativas para la transición energética europea para 2020-2030, ya reconoce explícitamente “el derecho de todos los ciudadanos a generar, almacenar, consumir y vender su propia energía renovable en condiciones justas”.

España se sitúa en el top de los países de la Unión Europea donde la mayoría de las personas viven en pisos, es decir edificios en comunidad, en lugar de en edificios unifamiliares. Además de ser uno de los países desarrollados con más horas de sol. La anulación de esta prohibición abre una gran puerta para las empresas españolas y para la eficiencia energética. ¡Por fin!


Y para ver algo más claro os dejo el Estudio que se llevo acabo a través de la consultora CE Delft "El potencial de los ciudadanos energéticos en la Unión europea" En este estudio se muestra como la mitad de los ciudadanos de la UE podrían producir su propia electricidad sobre 2050 y cubrir el 45% de la demanda eléctrica de la UE. Nos cuenta la importancia de hacer este consumo saludable de manera individual no sólo en las grandes empresas, si no este objetivo nunca se podría lograr.

Los avances dicen que para 2030 proporcionarían el 19% de la demanda y para 2050 el 45%.


Como comentaba en el artículo del impuesto del sol (os he dejado el enlace arriba por si queréis leerlo) en otros países ya se han puesto las pilas con el autoconsumo, es un sistema muy utilizado en países como Suecia que espera llegar al 79% de la demanda para 2050, o en Letonia que se espera llegar al 83%, encabezando la lista.


¿Y el beneficio sería únicamente para el ciudadano? Evidentemente no, hablamos de la población porque es un % muy alto de gasto energético y poco eficiente por las viviendas actuales pero este beneficio puede suponer para las grandes empresas unos grandes ahorros energéticos, por no hablar del beneficio con el medio ambiente y el cumplimiento del acuerdo de Paris, que exige a todos los países pertenecientes unos logros.


¿Todo esto es posible? Por supuesto que si, no es algo circunstancial o por explorar. No seríamos pioneros en hacerlo, y se pueden ver los buenos resultados en los demás ejemplos. Esto PUEDE hacerse, siempre y cuando nos lo permita la ley, y parece que por fin está ocurriendo.







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